Por Yolloyeztin Nicolás Díaz | @Yolloyeztzin
Con la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), se inscribe un nuevo capítulo en la relación entre regulación laboral y comercio exterior; ésta se ha hecho más corta. El T-MEC establece un precedente inédito en donde la punibilidad de prácticas ilegales en materia laboral se da a través de “penas de carácter comercial”.
La legislación laboral y su relación con tratados comerciales no es nueva. De hecho, gran cantidad de acuerdos comerciales ratifican estándares laborales mínimos establecidos en el seno de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sin embargo, el gran cambio que introduce el T-MEC en su capítulo 23 es que controversias derivadas de temas laborales se puedan dirimir en un mecanismo general de solución de controversias, y no por una vía separada. Este cambio, nos motivaría a pensar, sino totalmente en un aumento de la eficiencia en la resolución de disputas (enfoque “ex-post”), al menos sí en un aumento de la disuasión de malas prácticas (enfoque “ex-ante”).
El cambio es de forma y fondo. De forma, porque establece una homologación de la materia laboral al mismo estatus que otras disciplinas comerciales que suelen pensarse más relevantes, e.g. acceso a mercados. De fondo, porque revitaliza el lugar del factor productivo del trabajo y los estándares mínimos que debe tener, en las discusiones comerciales.
Este cambio es relevante no solo para los países del T-MEC. Tal y como sucedió con la creación del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN); a la vez que se estableció el primer acuerdo comercial con disposiciones laborales, se creó un estándar replicable por otras economías.
Esta nueva realidad invita a los actores más relevantes en estas áreas a involucrarse más; a decir, la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la OIT. Como ha sido y sigue siendo, lo más básico es la creación de un lenguaje común y plataformas de negociación. Ambas, funciones de estas organizaciones.
En el futuro próximo, la eliminación completa de la brecha entre trabajo y comercio es un devenir inevitable; más aún, necesario. Ya es tiempo que el factor productivo del trabajo sea tomado más seriamente en las discusiones comerciales, si queremos un comercio más justo e igualitario.
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